Hasta qué hora abren los bares y restaurantes en cada comunidad autónoma (y qué se puede hacer en ellos): actualizado a 6 de noviembre

Hasta qué hora abren los bares y restaurantes en cada comunidad autónoma (y qué se puede hacer en ellos): actualizado a 6 de noviembre
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¿Se puede salir de puente? ¿Hasta qué hora puedo estar en la calle? ¿Con cuánta gente puedo juntarme? Son preguntas que todos nos hacemos estos días y cuya respuesta cambia por comunidades autónomas, municipios e, incluso, zonas sanitarias (que hasta ahora casi nadie sabía siquiera que existían).

El pasado 25 de octubre, el Consejo de Ministros, reunido con carácter extraordinario, aprobó un nuevo estado de alarma para contener los contagios de la segunda ola de la covid-19.

Entre sus principales medidas, se ha aprobado un cuasi toque de queda, que prohíbe salir de casa sin causas justificadas entre las 22:00 o las 00:00 de la noche y las 5:00 o las 7:00 de la mañana (excepto en Canarias, que queda fuera de la nueva regulación). Son las CCAA las que eligen la duración exacta del toque de queda.

Las reuniones de personas no convivientes quedan limitadas, en público y en privado, a un máximo de seis personas, pero hay comunidades, como Galicia, donde esta medida es aún más restrictiva.

Ees imposible consultar las restricciones actuales en ninguna página informativa oficial de las CCAA

Pero ¿qué ocurre con bares y restaurantes? Al contrario de lo que ocurre en países como Francia o Alemania, que han decretado el cierre total de la hostelería, en España no hay ninguna limitación estatal al respecto. Solo rigen en todo el país las obligatorias medidas de seguridad anunciadas a principios de verano en el decreto de la “nueva normalidad” y la limitación de los grupos.

Pero, sobre estas normas básicas, cada Ejecutivo autonómico ha ido aprobando limitaciones a la actividad de la hostelería, que van del cierre total, presente ya en cinco comunidades, a la limitación de consumo en distintas áreas de estos, así como restricciones horarias.

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Como norma general, es imposible consultar las restricciones actuales en ninguna página informativa oficial de las CCAA, muchas de las cuales están desactualizadas. Para conocer la normativa vigente hay que bucear en las normas que se han ido publicando, sobre cada cuestión en concreto, en los sucesivos boletines oficiales.

Para estar correctamente informado, solo queda acudir a los medios locales. Es también muy útil el portal Rentabilibar, del Grupo Mahou San Miguel, que recoge todas las normas que van saliendo, convenientemente actualizadas, por CCAA.

Este es un repaso a la situación actual a día de hoy, 6 de noviembre, en cada CCAA y por orden alfabético. Recuerda que estas son las restricciones mínimas en cada región, que pueden ser mayores a nivel municipal.

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Andalucía

Los bares y restaurantes de Andalucía deben cerrar sus puertas a las 22:30 horas. A las 23:00 comienza el toque de queda.

El aforo máximo en interior es del 30 %, en terrazas del 75 %. Está prohibido el servicio en barra. El consumo siembre debe ser sentado.

Aragón

Los bares y restaurantes de Aragón deben cerrar sus puertas a las **20:00 horas*, aunque pueden servir comida para llevar hasta las 22:00 horas.

Está prohibido el consumo en el interior de bares y restaurantes y las terrazas tienen un aforo del 50 %.

Asturias

Hasta el 18 de novimebre se ha decretado la suspensión de todas las actividades de hostelería, salvo los servicios de preparación, recogida en el local y distribución de comida a domicilio.

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Cantabria

En Cantabria los bares tienen que cerrar a las 22:00 horas. Los empleados cuentan con una hora para desalojar por completo el local, que debe estar vacío a las 23:00 horas.

El aforo debe limitarse al 50 % en el interior y el 75 % en terraza.

Castilla-La Mancha

En Castilla-La Mancha el toque de queda comienza a las 23:00, misma hora a la que deben cerrar los bares.

El aforo interior es de máximo un 50 % y en terrazas del 75 %. Está prohibido el servicio en barra.

Castilla y León

Están suspendidas todas las actividades de restauración, tanto en interiores como en terrazas, salvo para entra a domicilio o recogida para llevar, hasta el 20 de noviembre.

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Cataluña

En Cataluña los bares y restaurantes están cerrados a cal y canto desde hace tres semanas. Solo pueden servir comida para llevar o a domicilio.

Extremadura

Los bares y restaurantes tienen que cerrar a las 00:00 horas, la misma hora a la que empieza el toque de queda en la región.

El aforo, excepto en los municipios con restricciones especiales, es del 80 % en interiores y el 90 % en terrazas.

Galicia

En Galicia se ha decretado el cierre de la hostelería en un total de 60 municipios (que representan el 60 % de la población), entre los que se incluyen las siete ciudades y sus zonas de influencia, así como 14 localidades más pequeñas que presentan altos índices de contagios. El resto de bares y restaurantes deben **cerrar a las 23:00 horas **, cuando comienza el toque de queda.

El aforo en interiores está limitado al 50 % y en terrazas al 70 %. Está prohibido el consumo en barra. En Galicia, además, las reuniones de personas no convivientes están limitadas a un máximo de 5 personas.

Islas Baleares

Los bares en Baleares tienen que cerrar sus puertas a las 00:00 horas, la misma hora a la que empieza el toque de queda.

El aforo es del 75 % en interiores y un 100% en terrazas. El servicio en barra está permitido, pero solo hasta las 22:00 horas.

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Islas Canarias

Canarias es la única comunidad en la que no aplica el toque de queda impuesto por el Gobierno en el estado de alarma, por lo que rigen las limitaciones horarias anteriores. Los bares deben cerrar a la 1:00 de la madrugada, admitiendo clientes solo hasta las 00:00.

No hay restricciones de aforo más allá de las derivadas del mantenimiento de la distancia de seguridad de 1,5 m.

La Rioja

Los bares y restaurantes de La Rioja deben cerrar a las 22:00 de la noche, la misma hora a la que empieza el toque de queda. En Arnedo y Logroño la hostelería está cerrada por completo. La venta de alcohol está prohibida a partir de las 21:00 horas.

El aforo máximo es de 50 % en el interior y el 60 % en terrazas. No está permitido el consumo en barra.

Comunidad de Madrid

En Madrid los bares deben cerrar a las 23:00 de la noche, pero tienen hasta las 00:00 horas para desalojar el local, cunado comienza el toque de queda.

El aforo máximo es del 50 % en el interior y el 75% en terrazas. Está prohibido el consumo en barra.

Región de Murcia

Los bares y restaurantes de la Región deben cerrar a las 23:00 horas, cuando comienza en la comunidad el toque de queda.

El aforo máximo es del 30 % en el interior, pero del 100 % en terrazas. Además, está prohibido comer y beber en espacios públicos, que no sean bares y restaurantes.

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Navarra

En Navarra están cerrados todos los bares y restaurantes, con excepción de los comedores de hoteles y otros alojamientos para las personas alojadas en ello, servicios de restauración en centros sanitarios o de carácter social y los servicios de comida para llevar o domicilio.

País Vasco

Los bares y restaurantes de Euskadi deben cerrar a las 23:00 horas. Los restaurantes deben prever el desalojo con tiempo suficiente como para que los clientes puedan cumplir con la limitación de circulación a partir de las 23:00, cuando comienza el toque de queda.

El aforo máximo en el interior es del 50 %, en terrazas del 100 %, siempre que se respete la distancia de seguridad. Está prohibido el consumo en barra.

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Comunidad Valenciana

Los bares y restaurantes en la Comunidad Valenciana deben cerrar a las 00:00 horas, cuando comienza el toque de queda, sin que puedan aceptar pedidos a partir de las 23.00 horas. La venta del acohol debe finalizar a las 22:00 horas.

Solo se puede servir en mesa, tanto en interior como en terrazas, al 50 % de la capacidad.

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