El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud aprobó el pasado miércoles unas medidas en todo el país de cara al puente de San José y la Semana Santa, que se han publicado hoy en el BOE.
Se trata de un acuerdo de mínimos, con medidas que, en la mayoría de los casos, ya se aplican en las comunidades autónomas, que pueden aprobar medidas más estrictas, pero no menos. Y afecta a dos periodos: desde el 17 al 21 de marzo en las comunidades en las que el Día del padre es festivo este año (Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, País Vasco, Murcia y Navarra); y desde el 26 de marzo al 9 de abril para todo el país.
¿Qué podremos hacer y qué no durante estos días? Todas las comunidades autónomas menos Canarias y Baleares estarán confinadas, como mínimo, de forma perimetral (salvo en las excepciones habituales del estado de alarma). Pero, además, habrá limites importantes a las reuniones en grupos.
La norma reduce el número de personas que se pueden reunir en espacios públicos. En el estado de alarma vigente, ese número siempre era de seis, y así seguirá siendo en espacios al aire libre, como terrazas, pero se reduce a cuatro en espacios cerrados, como el interior de los bares. Esto es: nada de reservas en el interior de restaurantes para más de cuatro personas.
Más estrictas son las medidas respecto a las reuniones privadas, que quedan prohibidas. Solo podrán estar en los domicilios los convivientes, por lo que si queremos celebrar el Día del Padre con familiares con los que no compartamos techos, tendremos que hacerlo en un parque o un restaurante.
Si quedamos a cenar, tampoco podremos alargar mucho la sobremesa. El toque de queda se mantiene, como mínimo, como establecía ya el estado de alarma: de 23 a 6 horas.
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