¿Cómo y quién fija las fechas de caducidad y consumo preferente de los alimentos?

Esther Clemente

Colaborador

Soy una chica coruñesa, veterinaria de profesión y que por circunstancias de la vida acabé viviendo en Asturias donde llevo ya una buena temporada. Cuando me preguntan por qué me gusta tanto cocinar, siempre respondo lo mismo: "¡Por qué mi madre odia meterse en la cocina!".

Cada vez somos más los consumidores que dedicamos un tiempo antes de comprar a leer el etiquetado de los alimentos que nos interesan para añadir a la cesta de la compra. Entre todos los datos que la etiqueta de un producto nos muestra, hay uno en el que nos fijamos principalmente, y ese es su fecha de caducidad y fecha de consumo preferente.

En Directo al paladar hace algún tiempo ya os habíamos hablado acerca de las diferencias entre una y otra, con el fin de entender estos conceptos y así evitar el despilfarro de alimentos conociendo de primera mano el significado de cada tipo de fecha. Pero, ¿alguna vez os habéis preguntado cómo y quién regula la fecha de caducidad y la de consumo preferente?

Refrescando conceptos. Fecha de caducidad vs fecha de consumo preferente

Cuando miramos la etiqueta de un alimento veremos que en él figura la fecha de duración mínima o fecha de consumo preferente, o cuando es el caso, la fecha de caducidad. Sin embargo son conceptos distintos, y excluyentes, es decir cuando en un alimento aparece una de esas fechas, no puede aparecer simultáneamente la otra.

La fecha de duración mínima o fecha de consumo preferente nos indica el período de tiempo durante el cual el alimento mantiene una calidad adecuada en las condiciones de conservación que se indican en el etiquetado.

Esta fecha puede venir expresada por dos leyendas distintas. En algunos casos nos encontraremos con “Consumir preferentemente antes del..,”, y en este caso la fecha incluirá la indicación del día. Indicando la fecha misma o bien la indicación del lugar en que figura en el etiquetado. O también “Consumir preferentemente antes del fin de…”, en los demás casos.

La fecha de duración mínima estará compuesta por la indicación en orden de día, mes y el año. Para los alimentos cuya duración sea inferior a tres meses bastará con indicar el día y el mes. Para aquellos cuya duración esté entre tres y dieciocho meses bastará con indicar el mes y el año, y por último aquellos cuya duración sea superior a dieciocho meses, bastará con indicar el año.

En aquellos alimentos microbiológicamente muy perecederos y que su consumo pueda suponer un problema para la salud después de un corto período de tiempo, la fecha de duración mínima o consumo preferente se cambiará por la fecha de caducidad.

Esta vendrá expresada mediante la leyenda “fecha de caducidad”, seguida por la fecha o referencia al lugar donde se indica la fecha en la etiqueta. Además tendrán que ir acompañadas por unas indicaciones de conservación que tendrán que respetarse. La fecha de caducidad viene expresada por orden de día, mes y año.

¿Qué alimentos no tienen que llevar la fecha de duración mínima ni fecha de caducidad?

Seguro que os habéis fijado en determinados alimentos en los que no figura la fecha de duración mínima. Estos serían:

  • Frutas y hortalizas frescas, así como patatas que no hayan sido sometidas a corte, pelado u otro tratamiento similar. No se incluyen brotes tiernos de leguminosas y semillas germinantes

  • Los vinos, ya sean generosos, espumosos, aromatizados y los productos similares que se obtengan a partir de frutas distintas de la uva. Tampoco loas bebidas con una graduación de un 10 por ciento o más en volumen de alcohol

  • Los productos de panadería o repostería que por su naturaleza se consuman normalmente en el plazo de 24 horas desde su fabricación

  • Los vinagres, las sales de cocina, los azúcares en estado sólido

  • Los productos de confitería consistentes casi exclusivamente de azúcares aromatizados y coloreados, así como las gomas de mascar y productos similares

  • Las porciones individuales de helados

¿Cómo se determina la fecha de duración mínima y la fecha de caducidad de los distintos productos alimenticios?

Antes de lanzar un producto alimenticio al mercado los expertos estudian su vida útil, que es el período de tiempo durante el cual ese alimento mantiene una calidad adecuada siempre que se garanticen las condiciones de conservación que se indican en el etiquetado y que serán el pilar fundamental para determinar las fechas de consumo preferente y fecha de caducidad de cualquier producto alimenticio.

Con el estudio de la vida útil de un alimento, aparte de fijar estas fechas de las que hablamos, también se asegura que los alimentos mantengan una calidad elevada, esta está ligada a aspectos sensoriales como el color, olor y sabor, nutricionales como pueden ser la presencia de vitaminas y minerales. , y los relacionados con la seguridad alimentaria.

Es decir, la vida útil de un alimentos depende tanto de las propias características de ese alimento como de las técnicas de conservación que se le apliquen. Por eso la industria alimentaria busca aquellas tecnologías que mantengan las características originales del producto con la mínima elaboración y formulación, usando conservantes naturales y mínimas técnicas de procesado, pero al mismo tiempo sean seguros.

Existen muchas variables que deben considerarse para establecer la vida útil o comercial de los alimentos: composición, materias primas, condiciones de almacenamiento, envasado, etc. Todas ellas deben elegirse y/o controlarse de manera adecuada ya que pueden afectar negativamente a la calidad sensorial del producto.

En producto de corta vida útil, es más sencillo determinar cual es su proceso de degradación en el tiempo para determinar su duración. Estudiso basados en criterios microbiológicos en los que se estima el grado de estabilidad microbiológica, recreando en condiciones experimentales con un nivel de confianza determinado. Así se facilita el determinar la duración mínima, además de descubrir si en ese alimento van a ser necesarias modificaciones durante el proceso para que el producto sea seguro.

Sin embargo, para determinar la vida útil de un alimento de larga duración o el tiempo en que un producto puede conservar inalteradas sus propiedades, no se puede esperar varios años en la observación de la degradación del mismo, por lo que se utilizan los estudios de vida útil acelerados o estudios acelerados de estabilidad.

Aquí se aceleran las condiciones de degradación de ese alimento principalmente a través de variaciones de temperatura, exposición al oxígeno y presencia de luz, exponiendo al producto a condiciones que corresponden a la situación real de almacenamiento y distribución, finalmente se haría una correlación de datos.

¿Quién se encarga de determinar la fecha de caducidad o de consumo preferente?

Son los fabricantes y distribuidores los encargados de fijar las fechas de caducidad y de consumo preferente, siguiendo siempre lo que establece la ley. Los criterios que toman en consideración para fijar las fechas son, en primer lugar, la seguridad microbiológica, y también otros parámetros como textura, sabor, aroma...

Los fabricantes fijan sus fechas para unas condiciones de conservación determinadas, es por eso que no respetar esas condiciones influirá en la vida útil del alimento.

¿Qué hacer nosotros como consumidores para evitar problemas con la duración de los productos alimenticios?

  • Antes de comprar, el consumidor debe realizar previsiones de lo que necesita para comprar lo necesario para su consumo real. No conviene que acumulemos innecesariamente alimentos perecederos.
  • Es recomendable leer las etiquetas de los alimentos, de ellas se obtienen informaciones muy interesantes que nos ayudarán a escoger aquellos productos cuya fecha de caducidad o de consumo preferente sea más lejana. Sobre todo hay que fijarse en que no haya prescrito dicha fecha.
  • Los congelados deben comprarse en último lugar y dirigirse inmediatamente al hogar para su almacenamiento.

  • Cuando coloquemos nuevos productos en la despensa, poner delante los de fecha de caducidad más temprana.

  • Almacenaremos los alimentos en condiciones adecuadas de sombra, frescura, refrigeración o congelación.
  • Si un producto lo hemos adquirido con la fecha de caducidad prescrita, deberemos devolverlo con el tiquet de compra. Si detectamos un alimento pasado de fecha antes de la compra lo mejor es indicarlo en el comercio en cuestión.
  • El responsable de que un producto esté en mal estado en el punto de venta es el vendedor. No obstante y ante la duda, cualquiera puede ponerse en contacto con el fabricante a través de su servicio de atención al consumidor.
  • Los botes o latas abombadas o deterioradas deben evitarse, así como los productos congelados en los que la cadena del frío se haya roto. También los alimentos en los que se detecten olores, sabores o colores anómalos.

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