No en mi nombre y no sin informarlo, debieron pensar los siete comensales que tras darse un pequeño capricho en el restaurante almeriense El Homenaje Bar & Grill en agosto de 2021 vieron cómo les cobraron siete euros por pan que no estaba ni informado en carta ni en mesa y que, además, no pidieron ni tocaron.
Ahora, más de un año después, el Juzgado de Primera Instancia número 11 de Valladolid ha sentenciado que el restaurante El Homenaje Bar & Grill debe devolver al demandante los siete euros de pan, además de los intereses legales que han devenido tras la demanda.
Iniciada por Pablo Gerbolés, uno de los comensales y abogado del equipo jurídico de Facua Castilla y León, Pablo Gerbolés, la demanda empezó a cobrar fuerza en septiembre de 2022 cuando desde la OCU enviaron al establecimiento un escrito en el que exigían la devolución del dinero, según informa la propia Facua.
Según la citada fuente, el restaurante hizo caso omiso del requerimiento, por lo que Gerbolés decidió seguir engrasando la maquinaria legal y tramitar una demanda que ahora, más de un año después, les da la razón y que obliga a este restaurante a devolver esos siete euros más los intereses que se han generado.
Más allá de la cantidad simbólica del dinero y de poder creer más o menos útil ir a juicio o plantear una demanda contra la empresa Restauración Gavilán Ruiz, que es la propietaria del restaurante y que además, en términos legales, estaba en "situación procesal de rebeldía" pues ni compareció ni contestó al requerimiento que el juez les había dado.
Tres meses después, esta demanda —que no exige al acusado ni abogado ni procurador, pues no es superior a 2.000 euros— el juez Fernando Martín finalmente ha condenado al hostelero al reembolso de los siete euros en función del artículo 60.2 de La Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, que establece que el empresario se verá obligado a informar del precio final completo, desglosando el importe de los incrementos o descuentos que sean de aplicación, de los gatos repercutidos en el consumidor y en los gastos adicionales por servicios accesorios.
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En el establece que el empresario se verá obligado a informar del "precio final completo, desglosando, en su caso, el importe de los incrementos o descuentos que sean de aplicación, de los gastos que se repercutan al consumidor y usuario, y de los gastos adicionales por servicios accesorios".
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